Mercado Pago: nuevo impuesto sobre los Créditos y Débitos a personas jurídicas
Última actualización: 04/06/2024
Desde agosto en Argentina, Mercado Pago aplica un nuevo impuesto cada vez que ingresa o egresa dinero de las cuentas de personas jurídicas. Conocé qué operaciones están alcanzadas y cómo recuperar parte del dinero percibido.
Intentamos siempre mantenerte actualizado, por eso te contamos que desde este mes en Argentina, de acuerdo al Decreto Nº 301/21 Mercado Pago aplica el Impuesto sobre los Débitos y Créditos cada vez que entra o sale dinero de las cuentas de personas jurídicas. Este impuesto excluye a los consumidores finales, a los monotributistas o los autónomos, es decir, ninguno de ellos será alcanzado por esta percepción.
¿Todas las operaciones son alcanzadas por este impuesto?
No, solo aquellas que una persona jurídica realice a través de una cuenta de Mercado Pago o Mercado Libre y se enmarquen dentro de las siguientes transacciones:
- Ventas y cobros: con cualquier herramienta y medio de pago.
- Compras, pagos y envío de dinero a terceros: con dinero en cuenta.
- Recepción e ingreso de dinero: con cualquier medio de pago.
- Retiros de dinero en efectivo.
¿Qué ocurre con los pagos con tarjetas?
En las operaciones donde las personas jurídicas paguen con tarjeta de crédito o débito, el impuesto no lo aplicará Mercado Pago, sino que, tal cual venía sucediendo antes del nuevo decreto, lo hará el banco emisor.
¿Se aplica también al realizar transferencias?
Si se trata de transferencias de dinero entre cuentas bancarias o virtuales que pertenezcan a la misma persona jurídica, no serán alcanzadas y el impuesto no será percibido.
¿Cómo proceder en caso de contar con algún beneficio fiscal?
Si sos una empresa que tiene beneficios fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias tenés que hacer un trámite en AFIP para que estos beneficios impacten en tu cuenta de Mercado Pago.
¿Qué porcentajes se aplicarán?
La alícuota del impuesto dependerá del tipo de persona y de la categoría correspondientes al CUIT informado en Mercado Pago. Para conocer tu caso particular, ingresá al Portal de Ayuda de Mercado Pago y conocé qué alícuota vas a pagar.
¡Buenas noticias! Podés usar una parte del monto retenido como crédito para el pago de Impuesto a las Ganancias, dependiendo de tu condición fiscal. También, desde el link que te compartimos más arriba podés conocer ese porcentaje 🙂
Finalmente, recordá que el certificado de percepción estará disponible en tu cuenta de Mercado Pago, en la sección de Informes > Retenciones los primeros días del siguiente mes calendario.
Importante: como te sugería Emmanuel Cristal en nuestra nota exclusiva sobre impuestos, acordate que siempre es clave que tengas tus datos fiscales actualizados en tus cuentas para que las percepciones que se te apliquen sean las correctas a tus categorías y no pagues de más.
¡Listo! Mantenete informado con nuestros #RealTips.